1.Para la realización del curso de Oficial de Protección del Buque, será
necesario estar en posesión de un título profesional de la Marina Mercante que
permita enrolarse como capitán, jefe de máquinas, oficial de puente, oficial de
máquinas u oficial radio-electrónico; o de un título académico que sea requisito
para la obtención de un título profesional que otorgue atribuciones para el
enrole en los puestos citados.
2. EI certificado de Oficial de Protección del Buque se obtendrá tras superar
satisfactoriamente el curso cuyo contenido desarrolla las normas de
competencia de la secci6n A-V1/5 del Código de Formación y las orientaciones
facilitadas en la sección B-VII5 del mismo código, así como del curso modelo
OMI correspondiente y haber completado un periodo de embarque no inferior a
tres meses realizando funciones de protección del buque conforme al Código
PBIP.
3. La duración del curso será como mínimo de 24 horas.
4. EI Certificado que garantiza la superación del curso se acreditará mediante
el correspondiente certificado, que tendrá una validez de cinco años. EI
Certificado contendrá la fecha de caducidad.